Programa PROGRESS de fomento del empleo y la solidaridad social (2007-2013)
Inicio convocatoria: 01/01/2007Final convocatoria: 31/12/2013Organismo otorgante: Comisión Europea Acciones subvencionables: El programa Progress está destinado a apoyar financieramente la ejecución de los objetivos de la Unión Europea en materia de empleo y asuntos sociales. Los objetivos generales del programa son:
mejorar el conocimiento y la comprensión de la situación imperante en los Estados miembros y en otros países participantes, mediante análisis, evaluaciones y un estrecho seguimiento de las políticas
apoyar el desarrollo de métodos e instrumentos estadísticos e indicadores comunes, en su caso desglosados por sexo y por grupo de edad
apoyar y controlar la aplicación de la legislación comunitaria, cuando proceda, y los objetivos políticos de la Comunidad en los Estados miembros y evaluar su eficacia e incidencia
fomentar la creación de redes, el aprendizaje mutuo, la determinación y la difusión de buenas prácticas y de enfoques innovadores a escala europea
sensibilizar a las partes interesadas y al público en general sobre las políticas y los objetivos de la Comunidad perseguidos en cada una de las cinco secciones
mejorar la capacidad de las principales redes a escala europea para fomentar, apoyar y seguir desarrollando las políticas y los objetivos de la Comunidad, cuando proceda
El programa se dividirá en las cinco secciones siguientes:
empleo
protección e inclusión social
condiciones de trabajo
no discriminación y diversidad
igualdad de género
Inicio de la inversión: 01/01/2007Fin de la inversión: 31/12/2013Tipo de subvención:Subvención a fondo perdido
Cuantía de la ayuda:Ayuda máxima: ó 800.000,00 € Gastos subvencionables: Serán subvencionables: actividades de análisis (recogida, tratamiento y difusión de datos y estadísticas; desarrollo y difusión de metodologías; realización de estudios, análisis y encuestas, y difusión de los resultados; realización de valoraciones y evaluaciones de impacto y difusión de los resultados; elaboración y publicación de guías, informes y materiales de información y formación vía Internet u otros medios); actividades de aprendizaje mutuo, sensibilización y difusión (identificación e intercambio de buenas prácticas; organización de conferencias/seminarios de la Presidencia y para apoyar la elaboración y aplicación de la legislación y los objetivos de las políticas de la Comunidad; organización de actos y campañas en los medios de comunicación; recogida y publicación de material divulgativo sobre el programa y sus resultados); apoyo a los principales agentes (apoyo a los gastos de funcionamiento de las principales redes a escala europea; organización de grupos de trabajo de funcionarios nacionales, etc.). NO serán subvencionables:
para el caso 4, contribuciones en especie; costes no relacionados con el programa; gastos no apoyado con documentación justificativa; gastos realizados en países que no participan en este programa; transporte entre la casa y el trabajo; compra de equipamiento; aumentos de capital y retorno de capital; deudas; provisiones; interés debido; cambio de divisas; IVA, a menos que el beneficiario pueda demostrar que no puede recuperarlo; gasto excesivo e imprudente; costes declarados por el beneficiario y cubiertos por una acción específica que recibe una ayuda de la UE.